Sherpa Product Certification
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¿Qué objetivo tiene el Real Decreto 993/2022?

El 16 de enero de 2023 entró en vigor el Real Decreto 993/2022 de 29 de noviembre, por el que se adoptan medidas de control para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), pilas y acumuladores (PyA) procedentes de terceros países. Este Real Decreto tiene como objetivo verificar:

  • Que los AEE importados cumplen con las normas establecidas en materia de restricciones a la utilización de sustancias peligrosas (RoHS). 
  • Que los importadores de AEEs y PyA hayan cumplido con sus obligaciones respecto al Registro Integrado Industrial (RII) establecido por el Real Decreto 110/2015.

Si bien existen ciertas exclusiones, el presente reglamento aplica a la gran mayoría de AEE y PyA. 

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¿Qué implica?

El presente reglamento establece las siguientes obligaciones a los importadores de AEE y PyA:

  • Aportar, con la debida antelación al despacho, la documentación para demostrar la conformidad del AEE con los requisitos RoHS.   
  • Introducir productos seguros y conformes con la normativa aplicable.
  • Estar inscrito en el RII
  • La inscripción en el RII implica cumplir con las obligaciones de reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).
  • En caso de que el importador esté ubicado en la UE pero no registrado en España, deberá nombrar un representante autorizado obligatoriamente antes de introducir los productos en el mercado.

¿Qué procedimientos se deben seguir?

Los importadores deben presentar una notificación, previa al despacho de aduanas, ante el Servicio de Inspección SOIVRE, con la suficiente antelación a través del Punto Único de Entrada sobre RoHS y RAEE (PUE ROHS/RAEEs) en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Aspectos relevantes:

  • Una vez enviada la notificación y estando la mercancía ya en control, no pueden enviarse otras notificaciones que la sustituyan para la misma mercancía, salvo por causa justificada y previa autorización por parte del SOIVRE.
  • Las referencias importadas con asiduidad pueden ser incorporadas en el repositorio documental (DOCUCICE) para posteriores importaciones. La solicitud de alta en DOCUCICE se puede realizar en cualquier momento en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
  • Si los AEE se encuentren además sujetos al control a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos (Real Decreto 330/2008) se debe indicar en la notificación que solicita el control ROHS o RAEEs además del control de seguridad.
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¿Qué controles se realizan?

  1. Control documental: se comprueba que el producto va acompañado de documentación veraz exigible en la legislación aplicable, así como la documentación comercial correspondiente. 
  2. Control físico: se verifica la identidad y se lleva a cabo un reconocimiento físico de las mercancías, incluido el control del marcado y etiquetado. Se podrán tomar muestras para su ensayo en laboratorio con la finalidad de comprobar su conformidad.
  3. Comprobación de las obligaciones de inscripción del importador en el RII.

Posibles resultados:

  • Conforme: la mercancía puede ser introducida al mercado europeo.
  • No conforme: la mercancía NO puede ser introducida al mercado europeo (con posibilidad de recurso) y la aduana no podrá realizar el despacho. Las mercancías deberán volver a origen o ser destruidas.

¿Existen sanciones?

El incumplimiento de las obligaciones mencionadas puede suponer sanciones con multas y otras medidas correctivas, como la retirada de los productos del mercado y publicación en la base de datos de productos no conformes y peligrosos a nivel europeo (RAPEX). Las infracciones pueden ser leves, graves o muy graves, según la gravedad del incumplimiento.

Las medidas de control pueden llevarse a cabo también posteriormente a la importación. En caso de detectarse incumplimientos posteriormente al despacho, se informará a las autoridades de vigilancia del mercado y al importador, el cual deberá suspender la comercialización y retirar del mercado las unidades ya vendidas.

¿Hay posibilidad de subsanación?

Cuando la no conformidad sea subsanable y no suponga un riesgo: se permitirá el despacho condicionado a la presentación del compromiso firmado de no comercializar la mercancía hasta que las irregularidades se hayan subsanado y la autoridad competente de vigilancia del mercado (de la correspondiente comunidad autónoma) haya comprobado la subsanación.

Cuando la no conformidad sea subsanable, pero suponga un riesgo: se permitirá solicitar por escrito la subsanación de los incumplimientos para poner en conformidad la mercancía, proponiendo de manera detallada las acciones a realizar. Se valorará la propuesta y, de autorizarse la puesta en conformidad, se realizará en el recinto aduanero. 

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¿Cómo prevenir incumplimientos?

Cualquier incumplimiento del presente Real Decreto puede ser prevenido mediante un correcto aseguramiento de la conformidad de la mercancía importada y las obligaciones procedimentales que se exigen a los importadores (registro al RII y cumplir con el RAEE).

Sherpa Certification ayuda a importadores a evaluar la conformidad de la mercancía previa o durante su fabricación en origen, así como orientar sobre los trámites documentales y procedimentales relativos al registro en el RII y las obligaciones del RAEE.

Nuestra intervención es su garantía

Sherpa Certification ofrece una lista personalizada de servicios para importadores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), pilas, acumuladores y baterías (PyA) con el fin de que todas las importaciones sean un éxito. 

Los servicios más relevantes que ofrecemos en este ámbito son los siguientes:

  • Verificación de la documentación técnica
    • Certificados 
    • Ensayos de laboratorio
    • Expedientes técnicos
    • Marcado y etiquetado
  • Inspecciones en fábrica y previo a embarque
  • Ensayos de laboratorio en origen o en destino
  • Realización del Marcado CE
  • Subsanación de no conformidades dictaminadas por el SOIVRE
  • Elección de proveedores
  • Asesoramiento completo en la importación de AEE y PyA.

 

Contacte con nosotros y garantice sus importaciones!

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Sherpa Product Certification está formado por un grupo de ingenieros expertos en regulación y estandarización de productos, materiales y procesos industriales a nivel internacional. Nuestra esencia como sherpas es ayudar a nuestros clientes a crear valor duradero en sus negocios y satisfacer sus necesidades profesionales. Si necesita ayuda en los trámites de algún certificado o simplemente requiere información concreta de nuestros servicios, estaremos encantados de poder ayudarle. Contrate un Sherpa en su organización y olvídese de la legislación y documentación de sus productos. Nuestros Sherpas expertos en certificación reportan rápida y eficazmente a las necesidades de nuestros clientes cuando más se nos necesita.

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